miércoles, 1 de diciembre de 2010

Abogado y Procurador ¿Cuánto cobran?


Desde el Blog Noticias Más Jurídicas (NMJ), vamos a abordar un tema espinoso en el ejercicio diario de las profesiones de abogado y procurador.

Básicamente, la cuestión hay que centrarla en el aspecto económico, ¿cuánto cobra un abogado?, ¿cuánto cobra un procurador?, ¿pueden cobrar lo que quieran?, ¿existe alguna regulación? este post va dirigido a contestar estas preguntas y a expresar mis experiencias al respecto en el ejercicio de la abogacía.

¿cuánto cobra un abogado?

Los abogados tienen libertad para fijar sus honorarios, con la limitación de que debe existir acuerdo con su cliente. No obstante, existen normas orientadoras de los Colegios de Abogados de cada Provincia que se pueden tomar como referencia.

¿cuánto cobra un procurador?

Los procuradores deben cobrar los derechos que marca el arancel que regula su profesión. Es decir, no rige la libertad para fijar el precio de su servicio.

¿pueden cobrar lo que quieran?

Con las anteriores cuestiones esta pregunta queda contestada, los abogados SI, con respeto a las normas deontológicas y la competencia desleal y los procuradores NO, si bien es cierto, que pueden, previo acuerdo con su representado, aumentar o disminuir lo marcado por el arancel en un máximo de un 12%.

¿existe alguna regulación?

Evidentemente, estas afirmaciones, tienen una base legal en la que se apoyan:

  • Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española.
  • Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.
  • Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los Procuradores de los Tribunales.
¿Por qué este Post?

Este Post, surge por la práctica comúnmente extendida, que en el día a día de la profesión de abogado y en relación con los procuradores, me encuentro.

Esta praxis, consiste en que, tras ajustar mis honorarios de forma que no salga más caro el pleito que lo reclamado, es decir, que no sea anti-económico para el cliente, me encuentro, salvo raras excepciones, con que la provisión pedida por el procurador es de entrada, entre un 50% y un 100% más de lo que marca el arancel que regula sus derechos a percibir.

Sinceramente, no entiendo el porqué de esta práctica generalizada. Como es lógico, el cliente desconoce si el Procurador puede o no puede cobrar cierta cantidad de dinero y el abogado por lo general, bastante tiene con llevar el peso intelectual del procedimiento y preocuparse de recibir sus honorarios. No obstante, en mi caso, me molesta profundamente que se aproveche este vacío producido por la ignorancia lógica del cliente y la despreocupación, también lógica, del abogado.

Es difícil e incluso bochornoso, tener que decirle a un compañero..., "oye el arancel marca la mitad", pero más bochorno me produce que engañen a mis clientes.

Por el bien de nuestra reputación como profesionales del Derecho y por la confianza que los ciudadanos deben tener en quienes les defienden y representan, en situaciones, por lo general, ya de por sí complicadas para los mismos; desde estas líneas reclamo el respeto propio a tan honorables profesiones y a sus normas reguladoras, para algún día poder reclamar el respeto ajeno.

Fdo: Miguel Antón


7 comentarios:

  1. Estimado compañero: Ejerzo la procura desde hace 15 años y siempre he aplicado correctamente el arancel, pues a ello me obligan las normas estatutarias. Puede que te hayas equivocado de procurador, pero no te olvides de los gastos suplidos, que en la mayoria de los casos son más elevados que los derechos de procurador y a los que hacemos frente.

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  2. Estimada Eloisa, agradezco tu opinión y me agrada ver que existen profesionales a la altura. Pero si me he lanzado a escribir este artículo, siendo totalmente impopular, es, porque vengo detectando que se trata de una práctica extendida, no me hubiese metido en este jardín por una mala experiencia y menos poniendo en solfa la actuación de un colectivo amigo.

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  3. Considero con Eloisa "un poco fuerte" la diatriba generalizada a la Procura, en los tiempos que corren parece mas lógico que esa petición de fondos se haga de común acuerdo entre ambos profsionales.
    saludos.

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  4. Estimado Pedro, agradezco tu opinión, pero como ya expliqué en el anterior comentario, no se trata de generalizar o no generalizar la actuación de la Procura. Escribo desde la propia experiencia y lamentablemente, es esa. Es cierto que también he encontrado, no sin antes hacer 3 o 4 llamadas, compañeros que si se ajustan a la norma. ¿Por qué entonces unos si y otros no? ¿Quién gana? ¿Quién pierde?
    Iluminame con tu experiencia y sácame del error.

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  5. hola quisiera saber si el abogado cobra los honorarios que es para el procurador, porque a mi mis abogados me estan pidiendo 500 euros para el procurador, y muy aparte de sus honorarios de ellos. les agradeceria si alguien me pudiera sacar de dudas. gracias

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  6. Mas fuerte me parece ami que acabo de recurrir y ganar la segunda parte de mi cláusula suelo y la procurradora me exige el dinero una suma exagerada cuando a un no se lo que me van a dar y con amenazas de que lo ingrese en 8 dias

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