jueves, 22 de abril de 2010

Nueva Ley del Aborto


Legislar para el telediario, así se puede llamar a la regulación final dada en la Nueva Ley del Aborto a una de las mas controvertidas cuestiones que aborda la misma, el aborto de menores sin comunicación a sus mayores.


Dejando a un lado la opinión que se tenga sobre el asunto, no se puede dejar de advertir del engaño que se produce en la enmienda sufrida en este punto.


En un primer momento, la Ley contemplaba el aborto de las mujeres de 16 y 17 años de manera autónoma, es decir, sin comunicación a los padres.


Debido al revuelo mediático, se introduce esta nueva redacción en el artículo 13, apartado cuarto:


"...Al menos uno de los representantes legales, padre o madre, personas con patria potestad o tutores de las mujeres comprendidas en esas edades deberá ser informado de la decisión de la mujer.

Se prescindirá de esta información cuando la menor alegue fundadamente que esto le provocará un conflicto grave, manifestado en el peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo."


Como se puede observar, sin necesidad de ser jurista, es como no haber puesto nada, en definitiva, legislar de forma cobarde y confusa, legislar a golpe de noticia, dando un titular.


Realmente la libertad de la mujer sigue estando ahí, obviamente la menor que no quiere comunicarlo es por el temor a la reacción familiar y nadie la va a obligar y la que quiera decirlo lo dirá sin necesidad de que una ley se lo proponga, lo hará porque goza de una confianza familiar que le invita a contar con ese apoyo.


Al final esta decisión de camuflar la realidad y la finalidad de este articulado, en este punto concreto; hace dudar de la estima que el legislador tiene sobre la inteligencia de esta sociedad.


En definitiva, SI QUIEREN, PUEDEN.

1 comentario:

  1. Lo que pasa es que aquí todo el mundo habla sin tener ni idea de lo que habla, dependiendo de lo que piensa quien le paga.

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